La planeación urbana y el ordenamiento territorial de las ciudades son responsabilidades gubernamentales que tienen por objeto brindar seguridad y protección a la ciudadanía; certidumbre y garantías de operación a los propietarios; desarrollo económico y gobernabilidad para mantener condiciones suficientes para habitar en paz el lugar de residencia, trabajo, educación y esparcimiento de la población. Esta atribución corresponde a los tres órdenes de gobierno de manera concurrente. Al gobierno federal le toca el diseño estratégico y los programas generales del desarrollo nacional mediante las reglas y criterios que homologuen el crecimiento y viabilidad de los centros de población. Al gobierno estatal corresponde el diseño del entorno y su desarrollo social y económico a través del establecimiento de los corredores industriales, comerciales, habitacionales y turísticos, según las características y vocación de cada Entidad, así como la potestad de proporcionar la asesoría técnica y legal a los municipios en materia urbanística y territorial
El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta a las autoridades municipales para decidir sobre el uso de suelo, la zonificación, los planes de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, otorgándoles la atribución exclusiva de autorizar dónde se puede construir y cómo se distribuyen los servicios. Las Licencias de Construcción, de Uso de Suelo y de Funcionamiento Comercial son emitidas exclusivamente por la autoridad municipal, considerando el cumplimiento de los lineamientos procedimentales y exigencias técnicas establecidas por el gobierno estatal y la federación, según corresponda al giro y características de la vivienda, unidad económica, industrial o comercial. El gobierno municipal no debería autorizar ni construcciones, ni operaciones sin el respaldo técnico estatal y federal correspondiente. En tal contexto, para el caso del Estado de México (EDOMEX), la normatividad para el desarrollo urbano se define en el Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México (CAEM), en cuyo artículo 5.35, Fracción I, establece que todas las edificaciones con “cualquier uso diferente al habitacional que implique un coeficiente de utilización de más de tres mil metros cuadrados u ocupen predios de más de seis mil metros cuadrados de superficie”, deben ser sometidas a una evaluación técnica de impacto en materia urbana, la cual es un requisito para la emisión de la Evaluación de Impacto Estatal (EVIE).
La EVIE, a su vez, requiere también de una evaluación técnica de impacto en material de protección civil para los casos previstos en el citado artículo 5.35 del CAEM, ya que debido a las disposiciones de carácter técnico en materia de protección civil, el tipo de construcción y el uso que se les otorgue, de conformidad con el artículo 6.24 y 6.25 del Libro Sexto del CAEM, es un requisito imprescindible para obtener la autorización de Inicio de Operaciones, emitido por la Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral de de Riesgos (CGPCGIR)del gobierno del EDOMEX. Para obtener la autorización de Inicio de Operaciones, los promotores o titulares de las Unidades Económicas con más de 3,000 metros cuadrados de construcción, o más de 6,000 metros cuadrados de superficie, de acuerdo con el artículo 42 del Reglamento del Libro Sexto del CAEM, deberán presentar ante la CGPCGIR, junto al pago de derechos correspondiente, la evidencia del cumplimiento de la señalización en materia de riesgos del inmueble; la EVIE otorgada por la Comisión de Impacto Estatal del EDOMEX (COIME), o la Autorización en materia de Protección Civil (otorgada antes de 2016 por la CGPCGIR), o el Dictamen Único de Factibilidad (DUF) otorgado por la Comisión correspondiente entre 2017 y 2021, cualquier de estos tres dictámenes es suficiente.
El Inicio de Operaciones es un documento de necesaria gestión ante las autoridades de protección civil del gobierno del EDOMEX, para giros de mediano y alto riesgo (incluídas las estaciones de carburación y gasolineras) con más de 3,000 metros cuadrados de construcción y 6,000 de superficie. Sin dicha autorización los inmuebles no pueden obtener su Licencia de Funcionamiento ante la autoridad municipal. El principal requisito para obtener el Inicio de Operaciones es la EVIE, cuyo trámite se realiza ante la COIME, instancia técnica especializada que, de acuerdo con el artículo 10 de su Reglamento, establece los requerimientos para la obtención de las 5 Evaluaciones técnicas que deben acreditar los inmuebles con las características antes señaladas: 1). Evaluación Técnica de Impacto en materia Urbana; 2). Evaluación Técnica de Impacto en materia de Protección Civil, 3). Evaluación Técnica de Impacto en materia Vial y de Movilidad; 4). Evaluación Técnica de Impacto en materia Ambiental; 5). Evaluación Técnica de Impacto en materia de Agua, Drenaje, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales.
El cumplimiento de este trámite, por su nivel de exigencia, especificidad y gestión, la cual involucra a muchas dependencias gubernamentales, inspecciones, revisiones y evaluaciones, suele llevarse de seis a ocho meses para conclusión y acreditación, asimismo, es complicado y desgastante para los propietarios y gestores, sin embargo es necesario y pertinente debido al impacto que este tipo de inmuebles propicia en el espacio público. Prevenir y regular posibles amenazas para la población circundante es el principal propósito de este trámite.Si todas las empresas e industrias con las características descritas cumplieran a cabalidad con la gestión de su EVIE y su posterior Inicio de Operaciones, el número de emergencias registradas en el sector, así como los impactos al medio ambiente y a la movilidad en el EDOMEX disminuirían notablemente y se viviría en un ambiente mejor y más resiliente. Esto es protección civil.
Hugo Antonio Espinosa Funcionario, Académico y Asesor en Gestión de Riesgos de Desastre
El Inicio de Operaciones en EDOMEX es la autorización emitida por la Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos que permite a ciertos inmuebles operar legalmente. Es un requisito indispensable para obtener la Licencia de Funcionamiento en los casos establecidos por la ley.
El Inicio de Operaciones en EDOMEX debe ser tramitado por empresas, industrias y unidades económicas con más de 3,000 m² de construcción o más de 6,000 m² de superficie, así como otros giros de mediano y alto riesgo que establece la normatividad.
El Inicio de Operaciones en EDOMEX sirve para demostrar que un inmueble cumple con los requisitos de protección civil, seguridad y evaluación de impacto necesarios para operar de forma legal y segura.
El Inicio de Operaciones en EDOMEX es obligatorio porque ayuda a prevenir riesgos para las personas, el medio ambiente y la infraestructura, además de ser un requisito legal para ciertos establecimientos.
El Inicio de Operaciones en EDOMEX se gestiona ante la Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos del Estado de México, presentando la documentación requerida por la autoridad.
El costo del Inicio de Operaciones en EDOMEX depende del tipo de inmueble y de los derechos establecidos por la autoridad. Para conocer el monto actualizado y recibir asesoría, puedes cotizar con nuestro equipo de ventas.
El Inicio de Operaciones en EDOMEX requiere documentos como la EVIE, el Análisis de Vulnerabilidad y Riesgos (AVR), el Programa Específico de Protección Civil, póliza de seguro y demás requisitos aplicables.
El proceso para obtener el Inicio de Operaciones en EDOMEX suele tardar entre seis y ocho meses, debido a las evaluaciones técnicas, inspecciones y revisiones de diversas dependencias.
Sin el Inicio de Operaciones en EDOMEX, la empresa puede tener problemas para obtener su Licencia de Funcionamiento y quedar expuesta a sanciones o restricciones por parte de las autoridades.
El Inicio de Operaciones en EDOMEX puede ser gestionado con apoyo de especialistas en protección civil y gestión de riesgos que conozcan el procedimiento y los requisitos técnicos. También puedes solicitar una cotización con nuestro equipo de ventas.
La Evaluación de Impacto Estatal (EVIE) es uno de los principales requisitos para obtener el Inicio de Operaciones en EDOMEX. Sin este documento, la autoridad no puede autorizar la operación del inmueble en los casos que marca la ley.
Las empresas con más de 3,000 m² de construcción o más de 6,000 m² de superficie, así como otros proyectos determinados por la legislación, deben tramitar la EVIE antes del Inicio de Operaciones en EDOMEX.
El AVR identifica los riesgos que pueden afectar un inmueble y propone medidas para reducirlos. Es un requisito indispensable para tramitar el Inicio de Operaciones en EDOMEX.
La EVIE contempla evaluaciones en materia urbana, protección civil, vial y movilidad, ambiental, así como agua, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
La autorización del Inicio de Operaciones en EDOMEX es emitida por la Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral de Riesgos del Estado de México, una vez acreditados todos los requisitos.
Son aquellos que, por su actividad, tamaño o materiales utilizados, representan un mayor riesgo para las personas o el entorno, como industrias, centros logísticos, gasolineras y estaciones de carburación.
Sí. El Programa Específico de Protección Civil debe estar vigente y actualizado anualmente para cumplir con los requisitos del Inicio de Operaciones en EDOMEX
La póliza garantiza cobertura por posibles daños a terceros, infraestructura, medio ambiente y mobiliario urbano, fortaleciendo la seguridad durante la operación del inmueble.
Cumplir con el Inicio de Operaciones en EDOMEX reduce riesgos legales, facilita la obtención de permisos, mejora la seguridad del inmueble y brinda mayor confianza a clientes y autoridades.
Si falta algún requisito, la autoridad puede detener el procedimiento hasta que el expediente cumpla con todas las disposiciones legales y técnicas aplicables.
Depende del tamaño y giro del inmueble. Si supera los límites establecidos por la ley o pertenece a actividades de mediano y alto riesgo, sí será necesario tramitar el Inicio de Operaciones en EDOMEX.
Es necesario revisar la superficie del inmueble, el uso del suelo y el tipo de actividad económica para determinar si aplica esta obligación.
Entre los principales requisitos están la EVIE, el AVR registrado, el Programa Específico de Protección Civil, la póliza de seguro y la documentación técnica correspondiente.
La EVIE evalúa el impacto del proyecto antes de operar, mientras que el Inicio de Operaciones en EDOMEX autoriza formalmente el funcionamiento del inmueble.
En promedio, el proceso completo puede durar de seis a ocho meses, dependiendo de la complejidad del proyecto y del cumplimiento de los requisitos.
La empresa puede enfrentar sanciones administrativas, retrasos en permisos, clausuras y problemas para obtener la Licencia de Funcionamiento.
Sí. Muchas industrias deben obtener esta autorización debido a sus dimensiones, procesos o nivel de riesgo conforme a la legislación vigente.
Sí. Un consultor especializado puede coordinar estudios, integrar la documentación y acompañar el proceso ante las autoridades para reducir errores y tiempos.
Además de cumplir con la ley, permite operar con mayor seguridad, proteger a trabajadores y visitantes, reducir riesgos y brindar mayor certeza jurídica al negocio.
Puedes acercarte a especialistas en protección civil y gestión de riesgos para recibir asesoría personalizada. Si deseas conocer costos y el procedimiento aplicable a tu proyecto, puedes solicitar una cotización con nuestro equipo de ventas.
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