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Dictamen eléctrico en México 2025: normatividad, obligatoriedad, riesgos y beneficios de un dictamen profesional

Introducción

Muchas empresas en México operan con instalaciones eléctricas irregulares, sin dictamen válido o con documentos caducados. Esta omisión no solo representa un riesgo para la seguridad del personal y las operaciones, sino también una violación a las normas oficiales mexicanas.

Contar con un dictamen eléctrico profesional conforme a la NOM-001-SEDE-2012 es clave para garantizar el cumplimiento ante Protección Civil, CFE y autoridades regulatorias. Este documento asegura que las instalaciones eléctricas cumplen con los requisitos de seguridad, eficiencia y legalidad.

¿Tu empresa cuenta con un dictamen eléctrico válido bajo la NOM‑001‑SEDE‑2012, emitido por una unidad acreditada ante la EMA?

Este tipo de dictamen es obligatorio para diversas industrias, inmuebles y establecimientos, especialmente aquellos que:

  • Requieren Visto Bueno de Protección Civil
  • Solicitan conexión o incremento de carga ante CFE
  • Han realizado ampliaciones o remodelaciones eléctricas
  • Desean operar con respaldo técnico ante autoridades y aseguradoras

Cumplimiento normativo

La NOM-001-SEDE-2012 establece las especificaciones y lineamientos de carácter técnico que deben satisfacer las instalaciones destinadas a la utilización de la energía eléctrica, a fin de que ofrezcan condiciones adecuadas de seguridad para las personas y sus propiedades, en lo referente a la protección contra: – Las descargas eléctricas, – Los efectos térmicos, – Las sobre corrientes, – Las corrientes de falla y – Las sobretensiones. El cumplimiento de las disposiciones indicadas en esta NOM promueve el uso de la energía eléctrica en forma segura; asimismo esta NOM no intenta ser una guía de diseño, ni un manual de instrucciones para personas no calificadas.

¿Cuándo es obligatorio?

Es obligatorio para instalaciones destinadas al uso de energía eléctrica en los siguientes casos:

  1. a) Propiedades industriales, comerciales y de vivienda, sin importar su uso, ya sean públicas o privadas, y en cualquiera de los niveles de tensión de operación. Esto incluye el equipo eléctrico conectado por los usuarios. También aplica a instalaciones en edificios utilizados por empresas suministradoras, como oficinas, almacenes, estacionamientos, talleres mecánicos y edificios con fines recreativos.
  2. b) Casas móviles, vehículos de recreo, construcciones flotantes, ferias, circos, exposiciones, estacionamientos, talleres, lugares de reunión, centros de atención a la salud, construcciones agrícolas, marinas y muelles.
  3. c) Todas las instalaciones del usuario que se encuentren fuera de edificios.
  4. d) Alambrado fijo para telecomunicaciones, señalización, control y usos similares (excluyendo el alambrado interno de los aparatos).
  5. e) Ampliaciones o modificaciones de instalaciones eléctricas, así como las partes de instalaciones existentes que se vean afectadas por dichas ampliaciones o modificaciones.

¿Cada cuánto debe renovarse mi dictamen electrico ?

  • Cada año, especialmente en lugares de uso público o con alta carga instalada
  • Después de cualquier modificación significativa en las instalaciones

Consecuencias del incumplimiento:

  • Multas económicas por parte de autoridades estatales o municipales
  • Clausura parcial o total del establecimiento
  • Rechazo de trámites ante CFE o Protección Civil
  • Mayor riesgo de accidentes eléctricos, incendios o interrupciones operativas

¿Qué evalúa un dictamen eléctrico?

  • Diagrama unifilar y distribución de circuitos
  • Acometida eléctrica y conductores principales
  • Tableros eléctricos, interruptores y protecciones térmicas/magnéticas
  • Sistema de puesta a tierra y pararrayos
  • Canalizaciones, canaletas y centros de carga
  • Cálculo de carga instalada y memoria técnica
  • Estado de UPS, plantas eléctricas y dispositivos de respaldo

Proceso para obtenerlo:

  1. Revisión documental inicial: planos, memoria técnica, facturas de materiales
  2. Inspección física en sitio: revisión visual y mediciones con equipos certificados
  3. Pruebas eléctricas: aislamiento, continuidad, resistencia de tierra, etc.
  4. Elaboración del informe técnico
  5. Firma del responsable técnico y emisión del dictamen

Casos comunes en los que se solicita:

  • Nuevas instalaciones comerciales o industriales
  • Remodelaciones o ampliaciones en oficinas, fábricas, hospitales
  • Revisión de instalaciones antiguas para renovar dictamen
  • Trámite de Visto Bueno de Protección Civil
  • Conexión o actualización ante CFE
  • Último recibo de luz

 

Beneficios de contar con un dictamen eléctrico.

  • Cumples con la normativa NOM-001-SEDE-2012
  • Aseguras la protección de personal, instalaciones y equipos
  • Reduces riesgos de incendio y pérdidas por fallas eléctricas
  • Obtienes respaldo legal ante aseguradoras o autoridades
  • Mejoras la eficiencia energética y evitas sobrecargas
  • Aceleras trámites con CFE y Protección Civil
  • Generas confianza con inversionistas y socios comerciales

Recomendaciones clave

  • Realiza autoevaluaciones periódicas con una lista técnica de control
  • Conserva planos eléctricos actualizados y bitácoras de mantenimiento
  • Contrata exclusivamente UVIEs acreditadas ante la EMA y SENER
  • Documenta cualquier cambio o ampliación en tus instalaciones
  • Agenda la renovación anual de tu dictamen para evitar sanciones

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es un dictamen eléctrico según la norma mexicana?

Es un documento técnico que certifica que las instalaciones eléctricas de un inmueble cumplen con la NOM-001-SEDE-2012. Debe ser emitido por una UVIE acreditada ante la EMA.

  1. ¿Cuándo es obligatorio el dictamen de instalaciones eléctricas?

Cuando se tramita el Visto Bueno de Protección Civil, hay una conexión nueva ante CFE o se hacen remodelaciones eléctricas. También en inmuebles clasificados como de riesgo.

  1. ¿Quién puede emitir un dictamen eléctrico válido?

Una Unidad de Verificación de Instalaciones Eléctricas (UVIE) acreditada ante la EMA y autorizada por la SENER.

  1. ¿Qué norma regula los dictámenes eléctricos en México?

La NOM-001-SEDE-2012, expedida por la Secretaría de Energía.

  1. ¿Cuál es la vigencia de un dictamen eléctrico?

Un año como máximo en la mayoría de los casos, o hasta que se realice una modificación en la instalación.

  1. ¿Qué implica una UVIE acreditada ante la EMA?

Garantiza que el dictamen tiene validez oficial, fue emitido por técnicos capacitados y puede ser presentado ante CFE, Protección Civil o aseguradoras.

  1. ¿Qué problemas previene un dictamen eléctrico?

Incendios, cortocircuitos, daños en equipos, pérdidas por interrupciones y sanciones legales.

  1. ¿Qué documentos se requieren para dictaminar?

Planos unifilares, memoria de cálculo, croquis de instalación, bitácoras, facturas de equipos y comprobantes de mantenimiento.

  1. ¿Qué pruebas eléctricas se realizan dentro del dictamen?

Pruebas de aislamiento, continuidad, resistencia de puesta a tierra, revisión de cargas y detección de fugas.

  1. ¿Qué pasa si modifico mis instalaciones después del dictamen electrico ?

El dictamen pierde validez. Debes solicitar una nueva inspección y dictamen actualizado.

  1. ¿Cómo afecta el dictamen electrico mi trámite con la CFE?

La CFE puede negar el servicio o conexión si no presentas un dictamen válido en instalaciones nuevas o con carga elevada.

  1. ¿Puede un dictamen eléctrico caducado retrasar mi Visto Bueno?

Sí. Protección Civil requiere un dictamen vigente como requisito para otorgar el Visto Bueno.

  1. ¿Es recomendable obtener un dictamen aunque no sea obligatorio?

Sí, especialmente si tienes personal, maquinaria o procesos eléctricos críticos. Brinda seguridad, legalidad y confianza.

  1. ¿Cuál es el tiempo estimado para entregar un dictamen electrico ?

Entre 3 y 10 días hábiles, dependiendo del tamaño y complejidad de la instalación.

  1. ¿Qué sanciones se aplican por no contar con dictamen electrico vigente?

Multas económicas, clausuras, suspensión de trámites y responsabilidades legales en caso de accidentes.

Conclusión

Contar con un dictamen eléctrico profesional, vigente y conforme a la NOM‑001‑SEDE‑2012, no solo es una obligación legal, sino una herramienta clave de seguridad, continuidad operativa y cumplimiento.

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