Visto bueno de Protección Civil Municipal

¿Qué necesito para obtener mi visto bueno de protección civil?

  • El ingreso del Plan de emergencia de Protección Civil.
  • Cédula Informativa de zonificación o licencia de funcionamiento.
  • Dependiendo el municipio, es posible que se requiera de la licencia de uso de suelo.

Cabe mencionar que los requisitos podrían aumentar dependiendo el municipio.

¿Qué requisitos necesito para elaborar un plan de emergencia?

Los requisitos cambian, dependiendo el municipio.

¿Qué requisitos son necesarios para obtener mi visto bueno de Protección Civil?

Los requisitos pueden variar conforme al municipio en el que se encuentra el establecimiento, por lo que será necesario consultarlo directamente.

Elaboracion de programas de protecion civil en Toluca

PREGUNTAS FRECUENTES

 

Todos los negocios principalmente de bajo riesgo y en algunos municipios también aplica para los negocios de mediano riesgo.

  • Señalética de Protección Civil debidamente colocada conforme a la NOM-003-SEGOB-2008.
  • Señalética COVID debidamente colocada.
  • Extintores en buen estado y vigentes de acuerdo con la NOM-002-STPS-2010.
  • Contar con el personal capacitado en materia de Protección Civil.

El tiempo promedio es de 1 a 4 semanas contando desde que se inicia la elaboración del plan de emergencia, el ingreso y la obtención del Vo. Bo. De Protección Civil. Sin embargo, este tiempo varía, dependiendo el municipio.

En PROTEO Consultoría en Gestión de Riesgos S. de R.L. de C.V. podemos apoyar con la obtención del Visto Bueno Municipal.

El Visto Bueno Municipal aplica a los establecimientos regulados directamente por el ayuntamiento y suele centrarse en aspectos locales como el uso de suelo, zonificación y cumplimiento de normativas municipales. El Estatal, en cambio, aplica a empresas de mayor riesgo o con operaciones en varios municipios y sigue criterios más amplios.

La Dirección de Protección Civil del municipio correspondiente es quien recibe, evalúa y emite el Visto Bueno. Algunas ciudades lo gestionan directamente desde la Unidad Municipal de Gestión de Riesgos o desde ventanillas únicas de atención empresarial.

Entre los errores más frecuentes se encuentran: no contar con señalética conforme a norma, tener extintores caducados, falta de capacitación del personal, documentación incompleta o presentar un Plan de Emergencia desactualizado.

Puedes recibir sanciones administrativas como multas, clausura temporal o definitiva del local, y en caso de siniestro, podrías enfrentar consecuencias legales por no cumplir con las medidas mínimas de seguridad establecidas por ley.

La mayoría de los municipios solicita renovar el visto bueno cada año o al realizar modificaciones estructurales, cambios de giro, aumento de aforo o reubicación del establecimiento. También puede solicitarse una actualización si cambia la normatividad local.

El personal técnico revisa en sitio que los extintores estén vigentes, la señalización esté bien colocada según NOM-003-SEGOB-2008 y NOM-026-STPS-2008, existan rutas de evacuación, iluminación de emergencia, detectores de humo y botiquines accesibles.

Cuando el inmueble tiene instalaciones eléctricas complejas, estructuras de varios niveles, calderas, tanques de gas estacionario o riesgos especiales, se solicitan dictámenes estructurales, eléctricos o de gas, además del Plan de Emergencia.

Sí. Para completar el trámite de Visto Bueno, las brigadas deben estar conformadas y capacitadas, con roles definidos en caso de incendio, evacuación, primeros auxilios y búsqueda y rescate. En muchos municipios, se requiere evidencia documental y constancias.

Sí. Aunque el proceso puede ser más sencillo para pequeños comercios, todos los establecimientos abiertos al público deben contar con su Visto Bueno vigente, independientemente del tamaño, ya que todos implican algún nivel de riesgo.

Sí. Nuestro equipo se encarga de la elaboración del Plan de Emergencia, integración de brigadas, cumplimiento de señalización, revisión del equipo de seguridad, y la gestión completa del trámite ante el municipio correspondiente.