NOM-036-STPS-2018

¿Qué es la NOM-036-1-STPS-2018?
Es una Norma Oficial Mexicana de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Su propósito es establecer los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico en los centros de trabajo derivados del manejo manual de cargas. Su objetivo es prevenir trastornos musculoesqueléticos en los trabajadores.
¿Qué es un "factor de riesgo ergonómico"?
Un factor de riesgo ergonómico es una característica de la actividad laboral que, si no se gestiona, puede causar lesiones o enfermedades musculoesqueléticas. En el contexto de esta norma, se refiere a tareas como el levantamiento, el transporte, el empuje o el arrastre de cargas de forma manual que pueden dañar la espalda, los hombros o las rodillas.
¿A quién aplica esta norma?
Aplica a todos los centros de trabajo en el territorio nacional donde los trabajadores realicen tareas de manejo manual de cargas. La norma tiene un enfoque especial en el peso, la frecuencia, la distancia y la postura con la que se mueven las cargas, ya que son los principales factores de riesgo.

¿Qué se entiende por «manejo manual de cargas»?
El manejo manual de cargas abarca cualquier actividad donde un trabajador utilice su propia fuerza para levantar, bajar, empujar, jalar, transportar o sostener una carga. Esto no solo incluye objetos pesados, sino también movimientos repetitivos con cargas más ligeras.
¿Qué es el «Análisis de los factores de riesgo ergonómico»?
Es una evaluación obligatoria que el patrón debe realizar para identificar los riesgos ergonómicos de las tareas de manejo de cargas. Este análisis debe considerar el peso, la distancia de transporte, la frecuencia, la postura y las características del trabajador para determinar si la tarea es segura o si requiere medidas de control.
¿Qué es la «evaluación específica» de los factores de riesgo ergonómico?
PREGUNTAS FRECUENTES
La norma establece límites de peso para el manejo manual de cargas:
Hombres: Un peso máximo de 25 kg.
Mujeres: Un peso máximo de 10 kg.
Menores de 18 años: Un peso máximo de 7 kg. Estos valores aplican para una carga que se levanta y baja de manera repetitiva.
Las medidas de prevención pueden ser:
Ingeniería: Uso de equipo auxiliar como carretillas, polipastos o montacargas; rediseño del área de trabajo o de los envases.
Administrativas: Rotación de personal para limitar el tiempo de exposición, pausas activas, y capacitación.
Organizacionales: Establecer métodos de trabajo seguros y asignar tareas según la capacidad física de cada trabajador.
El patrón debe tener la siguiente documentación:
El análisis y/o la evaluación de los factores de riesgo ergonómico.
El programa de ergonomía que contemple las medidas de prevención y control.
Los registros de la capacitación impartida a los trabajadores.
El programa de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos.
La capacitación debe ser teórico-práctica y cubrir:
Los riesgos asociados con el manejo manual de cargas.
Las técnicas correctas para levantar, transportar y empujar cargas.
El uso correcto de los equipos auxiliares.
La forma de reportar síntomas de lesiones musculoesqueléticas.
Es un programa médico que debe llevarse a cabo para los trabajadores expuestos a factores de riesgo ergonómico. Incluye exámenes médicos iniciales y periódicos para detectar de manera temprana trastornos musculoesqueléticos y dar seguimiento a su estado de salud.
La norma define límites de fuerza para empujar y jalar. Por lo general, empujar una carga es menos estresante para la espalda que jalarla, ya que empujar permite al trabajador usar su peso corporal de manera más eficiente. La norma establece los valores máximos de fuerza tanto para el inicio del movimiento como para su mantenimiento.
El incumplimiento de la norma puede resultar en multas económicas por parte de la STPS. El monto de la sanción es proporcional a la gravedad de la falta. Además, el no cumplimiento puede generar enfermedades laborales y, en consecuencia, litigios y costos por indemnización.
La norma establece que los trabajadores deben informar al patrón y a la Comisión de Seguridad e Higiene sobre cualquier molestia, dolor o síntoma que pueda estar relacionado con el manejo de cargas. Esto es clave para que el patrón pueda tomar medidas correctivas a tiempo.
La NOM-036-1-STPS-2018 es fundamental porque formaliza la gestión de riesgos ergonómicos en las empresas. Al exigir un análisis detallado, la implementación de medidas preventivas y la vigilancia de la salud, se logra un enfoque proactivo que no solo previene lesiones, sino que también aumenta la productividad, reduce el ausentismo y crea un entorno de trabajo más seguro y saludable.